En mi caso, cada caso es diferente, me practicaron las primeras atenciones después de la intervención de columna, la propia mutua.
Hasta pasado un mes, porque ellos no me informaron antes (sería porque les costaba dinero), tuve que reclamar los gastos de traslado desde mi domicilio hasta la mutua y desde la mutua a mi domicilio. Sí, por si no lo sabías, tenemos derecho a que nos abonen el traslado.
Solicita que te abonen los importes que te corresponden por los traslados, es tu derecho.
Las primeras citas fueron en taxi y a posteriori me abonaban el kilometraje. También es verdad que si te ponen el traslado ellos, pues está cubierta esta cuestión.
¿Cómo se calcula el importe?, pues mi sencillo, desde tu domicilio con cualquier herramienta digital, sacan los kilómetros y lo multiplican por el importe que está en la normativa.
Hay una orden TIN/917/2009 de 16 de abril y una Resolución de 21 de Octubre de 2009 que regula los importes de traslado, a las mutuas de accidente en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Como dije en una entrada anterior, las bajas por accidente de trabajo las controla la mutua, en mi caso los periodos de confirmación de la baja eran cada 7 días y claro, cuando me tenían que abonar el transporte, pues, coincidían con las sesiones de rehabilitación, antes no.
Hasta la próxima entrada.
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